Bienvenido al portal de transparencia del COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES, ARQUITECTOS TECNICOS E INGENIEROS DE EDIFICACION DE FUERTEVENTURA.
Éste se ha creado con los criterios establecidos por:
- Comisionado de Transparencia del Gobierno de Canarias.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia de acceso a la información pública y buen gobierno.
- Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, del Gobierno de Canarias.
Enlaces de interés:
- Portal de Transparencia de la Administración General del Estado: https://transparencia.gob.es/transparencia/transparencia_Home/index.html
- Portal de Transparencia del Gobierno de Canarias: https://www.gobiernodecanarias.org/transparencia/
- Comisionado de Transparencia: https://transparenciacanarias.org/
El COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES, ARQUITECTOS TECNICOS E INGENIEROS DE EDIFICACION DE FUERTEVENTURA fue fundado el 23 de abril de 2003, fecha en la que se segrega del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Gran Canaria y Fuerteventura la Delegación de Fuerteventura.
CIF:
Q-3500347-D
SEDE CORPORATIVA:
Calle República de Ecuador 5, 35600 – PUERTO DEL ROSARIO
CONTACTO:
Teléfono: 928 852 472 – 699 729 134
Correo electrónico: colegio@coaatfuerteventura.es
Página web: www.coaatfuerteventura.es
HORARIO:
De Lunes a viernes de 8:30 – 13:30 horas
FUNCIONES:
El Colegio está orientado a la ordenación del ejercicio de la profesión de la arquitectura técnica en las diferentes formas; la representación y defensa en exclusiva de los intereses profesionales de los colegiados ante la Administración, Instituciones, Tribunales, entidades y particulares, dentro de su ámbito territorial; y atender los servicios requeridos por los colegiados y sus clientes, que sean necesarios para una eficaz prestación de los servicios profesionales, en cumplimiento de la normativa sobre defensa de los consumidores y usuarios, y de la sociedad en general.
El Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Fuerteventura es una Corporación de Derecho Público, amparada por la Ley y reconocida por el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
Como tal, se halla legitimado para defender los intereses profesionales con capacidad para ser parte en todo litigio que afecte a los mismos. Además evita el intrusismo profesional y la competencia desleal.
Su objetivo fundamental es velar porque el ejercicio de la profesión se ajuste a la ética y dignidad profesional, ejerciendo la facultad disciplinaria.
HISTORIA:
Tras un largo periodo de negociaciones entre Colegiados del COAAT de Gran Canaria y Fuerteventura residentes en esta Isla, con el fin de segregarse del Colegio de Gran Canaria, se llega finalmente a un acuerdo de segregación que se plasma el 23 de abril de 2003, fecha en la que la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica del Gobierno de Canarias, publica en el Boletín Oficial de Canarias el DECRETO 38/2003 DE 7 de abril , por el cual se segrega del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Gran Canaria y Fuerteventura la Delegación de Fuerteventura.
En ese momento todos los Colegiados residentes en la isla de Fuerteventura pasan a ser los primeros Colegiados del nuevo Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Fuerteventura, y empiezan un duro trabajo para establecer los cimientos de un nuevo Colegio.
Después de unos meses de reuniones se realizan las primeras elecciones del COAAT Fuerteventura, donde los resultados electorales dan como resultado la primera Junta de Gobierno Oficial del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Fuerteventura.
Esta primera Junta de Gobierno sólo tuvo dos años de legislatura, es decir, desde junio de 2003 hasta junio de 2005, coincidiendo, como todos los Colegios del territorio nacional con las Elecciones de Consejo General de la Arquitectura Técnica de España, que se celebran cada 4 años.
A día de hoy, tras 20 años siendo un Colegio independiente, ya se han formado 6 Juntas de Gobierno.
Actualmente, el Colegio cuenta con 93 colegiados, de los cuales 88 son residentes y 5 No residentes.
INFORMACIÓN ECONÓMICA:
El Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Fuerteventura tiene un Capital Social de 117.761.63€.
El Colegio se financia por las cuotas trimestrales que se le cobra a cada uno de los colegiados que componen el Colegio. La cuota trimestral es de 50€ por colegiado.
Además, por el visado/registro de las intervenciones que presentan los colegiados, se cobra una Cuota de Intervención Profesional.
Esta es la normativa de aplicación al COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES, ARQUITECTOS TECNICOS E INGENIEROS DE EDIFICACION DE FUERTEVENTURA:
- Ley 2_1974 sobre Colegios Profesionales [pdf]
- Ley 10_1990 Colegios Profesionales de Canarias [pdf]
- Decreto 277_1990 reglamento colegios profesionales [pdf]
- Estatutos Oficiales del Colegio de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Fuerteventura (pdf) [odt]
- Modificación Estatutos Oficiales del Colegio de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Fuerteventura (pdf) [odt]
- Estatutos del Consejo Canario de Colegios Oficiales de la Arquitectura Técnica (pdf) [odt]
- Estatutos Generales del Consejo General de la Arquitectura Técnica de España
- Reglamento del fondo de Ayuda Social (pdf)
- Código Dentológico de actuaciones profesionales (pdf)
- Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA:
Los órganos de gobierno y dirección de la administración del Colegio son la Asamblea General de Colegiados y la Junta de Gobierno.
La ASAMBLEA GENERAL es el máximo órgano del Colegio, está constituida por todos aquellos colegiados que se encuentren en pleno uso de sus derechos y sus funciones se enumeran en el Artículo 26 de los Estatutos.
- Se reunirán tres veces al año con carácter ordinario.
La JUNTA DE GOBIERNO tiene como función dirigir, administrar y gobernar el Colegio y sus funciones específicas están enumeradas en el Artículo 40 de los Estatutos.
- Se reunirán de forma ordinaria, como mínimo, una vez al mes.
Es el órgano rector al que corresponde la plena dirección, administración y gobierno del Colegio, desarrollando la actividad necesaria para el eficaz cumplimiento de sus fines y funciones, sin perjuicio de las atribuciones de la Junta General de Colegiados, según se recoge en el art. 46 de los Estatutos Particulares.
Está formada por siete colegiados que, reuniendo los requisitos establecidos estatutariamente, son elegidos democráticamente mediante proceso electoral cada cuatro años. En la actualidad está formada por los siguientes componentes:
Presidente: Jorge Javier Ávila Acosta
Ostenta la representación legal del Colegio, ejerciendo todas aquellas funciones que señalen los Estatutos Generales, los Estatutos Particulares y los Reglamentos de Régimen Interno.
Secretaria: Miriam Gómez Vidal
Tiene a su cargo la documentación del Colegio, levanta actas de todas las reuniones que se celebren y expide las certificaciones que se soliciten, con el visto bueno del Presidente, dirige los servicios administrativos.
Tesorero: Aday Vera Calero
Ordenar la contabilidad y régimen general de cuentas del colegio, tomar nota los cobros y pagos efectuados, firmar con el Presidente los documentos necesarios para los movimientos de fondos del colegio tomando las garantías precisas para salvaguardar dichos fondos y patrimonio del Colegio. Preparar el proyecto de presupuesto anual y su liquidación y tener a su cargo la custodia y distribución de los recursos del Colegio.
Vocal Cultura: Jose A. Otero Prieto
Se encarga de todo lo relacionado con la formación del Colegio, eventos y temas culturales.
Vocal Técnico Visados: Juan Manuel Díaz Buenestado
Tiene como finalidad informar al Colegiado en las novedades técnicas, así como leyes, reglamentos, normativas y sentencias relacionadas con la profesión. Además, se encarga del departamento de visados, donde coordina la gestión administrativa de las intervenciones profesionales presentadas para su Visado.
Vocal Seguros: Eliseo A. Pérez Hernández
Es el encargado de estar al corriente con las novedades de las aseguradoras con las que colaboramos.
Vocal Administraciones: Ayoze Calero Saavedra
Su función principal es la de coordinar y dialogar con las entidades públicas las actualizaciones de la profesión con el fin de ofrecer una mayor facilidad de trámites para los Colegiados/as.
ORGANIGRAMA:

MIEMBROS ELECTOS:
A continuación se muestran los miembros actuales de la Junta de Gobierno del Colegio, integrada por el Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y Vocales, vigentes desde el 27 de mayo de 2025.
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|---|---|---|---|---|---|---|
| Presidente | Secretaria | Tesorero | Vocal Cultura | Vocal Técnico Visados | Vocal Seguros | Vocal Administraciones |
D. Jorge Javier Ávila Acosta |
Dña. Miriam Gómez Vidal |
D. Aday Vera Calero |
D. José Ángel Otero |
D. Juan Manuel Díaz Buenestado |
D. Eliseo A. Pérez Hernández |
D. Ayoze Vera Calero |
MÉRITOS :
Perfil, méritos académicos y trayectoria profesional de cada una de las personas responsables.
PERSONAL DE LIBRE NOMBRAMIENTO:
Los empleados del Colegio no ostentan la condición de empleados públicos ni los Estatutos Colegiales contemplan la figura del personal de libre nombramiento.
La materia de personal colegial es ajena al ejercicio de las funciones públicas que corresponden al Colegio, por lo que no le es de aplicación a la misma la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.
A continuación se recogen los empleados en plantilla del Colegio:
| Área | Cargo | Nombre | Correo |
|---|---|---|---|
| Administración | Administrativa | ADMIN 1 | colegio@coaatfuerteventura.es |
Las retribuciones del año 2022 de los miembros de la junta de gobierno del Coaat de Fuerteventura son las que siguen:
| PRESIDENTE | SECRETARIO | TESORERO | VOCAL VISADO | VOCAL CULTURA | VOCAL SEGUROS |
|---|---|---|---|---|---|
| 3.339,68€ | 720,00€ | 670,00€ | 1.370,00€ | 720,00€ | 620,00€ |
Las retribuciones del año 2021 de los miembros de la junta de gobierno del Coaat de Fuerteventura son las que siguen:
| PRESIDENTE | SECRETARIO | TESORERO | VOCALES |
|---|---|---|---|
| 2.916,40€ | 616,90€ | 929,20€ | 278, 20€ c/u |
El COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES, ARQUITECTOS TECNICOS E INGENIEROS DE EDIFICACION DE FUERTEVENTURA ha implementado un CANAL INTERNO DE INFORMACIÓN acorde a la Ley 2/2023, cuyos principios básicos de gestión se recogen en el siguiente ENLACE y a continuación:
Para acceder al mismo, puede acceder al siguiente apartado de nuestra web:
https://areacolegiados.coaatfuerteventura.es/canal_denuncias/solicitud
AUDITORÍA EXTERNA:
El COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES, ARQUITECTOS TECNICOS E INGENIEROS DE EDIFICACION DE FUERTEVENTURA en ninguno de los ejercicios 2022, 2023, 2024 y 2025 realizó auditorías de cuentas y desfiscalización por los órganos de control externo ya que durante los mencionados ejercicios no concurrió en ninguna de los supuestos de la «Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas» que indica:
«Disposición adicional primera. Auditoría obligatoria.
-
-
Sin perjuicio de lo establecido en otras disposiciones, deberán someterse en todo caso a la auditoría de cuentas prevista en el artículo 1.2 de esta Ley, las entidades, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que emitan valores admitidos a negociación en mercados secundarios oficiales de valores o sistemas multilaterales de negociación.
b) Que emitan obligaciones en oferta pública.
c) Que se dediquen de forma habitual a la intermediación financiera, y, en todo caso, las entidades de crédito, las empresas de servicios de inversión, las sociedades rectoras de los mercados secundarios oficiales, las entidades rectoras de los sistemas multilaterales de negociación, la Sociedad de Sistemas, las entidades de contrapartida central, la Sociedad de Bolsas, las sociedades gestoras de los fondos de garantía de inversiones y las demás entidades financieras, incluidas las instituciones de inversión colectiva, fondos de titulización y sus gestoras, inscritas en los correspondientes Registros del Banco de España y de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
d) Que tengan por objeto social cualquier actividad sujeta al Texto Refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, dentro de los límites que reglamentariamente se establezcan, así como los fondos de pensiones y sus entidades gestoras.
e) Que reciban subvenciones, ayudas o realicen obras, prestaciones, servicios o suministren bienes al Estado y demás organismos públicos dentro de los límites que reglamentariamente fije el Gobierno por real decreto.
f) Las demás entidades que superen los límites que reglamentariamente fije el Gobierno por real decreto. Dichos límites se referirán, al menos, a la cifra de negocios, al importe total del activo según balance y al número anual medio de empleados, y se aplicarán, todos o cada uno de ellos, según lo permita la respectiva naturaleza jurídica de cada sociedad o entidad.
-
Lo previsto en esta disposición adicional no es aplicable a las entidades que formen parte del sector público estatal, autonómico o local, sin perjuicio de lo que disponga la normativa que regula dichas entidades del sector público. En todo caso, lo previsto en esta disposición adicional será aplicable a las sociedades mercantiles que formen parte del sector público estatal, autonómico o local.
-
Las sucursales en España de entidades de crédito extranjeras, cuando no tengan que presentar cuentas anuales de su actividad en España, deberán someter a auditoría la información económica financiera que con carácter anual deban hacer pública, y la que con carácter reservado remitan al Banco de España, de conformidad con el marco normativo contable que resulte de aplicación.
-
Por otra parte, el «Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital» indica:
«Artículo263. Auditor de cuentas.
1.Las cuentas anuales y, en su caso, el informe de gestión deberán ser revisados por auditor de cuentas.
2.Se exceptúa de esta obligación a las sociedades que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes:
-
- a) Que el total de las partidas del activo no supere los dos millones ochocientos cincuenta mil euros.
- b) Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los cinco millones setecientos mil euros.
- c) Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a cincuenta.»
COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES, ARQUITECTOS TECNICOS E INGENIEROS DE EDIFICACION DE FUERTEVENTURA no ha suscrito ningún CONTRATO con Administraciones Públicas durante el año 2025.
De conformidad con lo previsto en el artículo 3 apartado 5 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES, ARQUITECTOS TECNICOS E INGENIEROS DE EDIFICACION DE FUERTEVENTURA no es poder adjudicador, y por tanto, no ha adjudicado contratos sujetos a la LCSP.
| Denominación y objeto: | No se han realizado. |
| Datos estadísticos: | No se han realizado. |
| Modificación de contratos: | No se han realizado. |
| Desistimientos y renuncias de contratos: | No se han realizado. |
| Prórrogas y variaciones del plazo de contratos: | No se han realizado. |
| Relación de contratos menores: | No se han realizado. |
COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES, ARQUITECTOS TECNICOS E INGENIEROS DE EDIFICACION DE FUERTEVENTURA no ha suscrito ningún CONTRATO con Administraciones Públicas durante el año 2024.
De conformidad con lo previsto en el artículo 3 apartado 5 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES, ARQUITECTOS TECNICOS E INGENIEROS DE EDIFICACION DE FUERTEVENTURA no es poder adjudicador, y por tanto, no ha adjudicado contratos sujetos a la LCSP.
| Denominación y objeto: | No se han realizado. |
| Datos estadísticos: | No se han realizado. |
| Modificación de contratos: | No se han realizado. |
| Desistimientos y renuncias de contratos: | No se han realizado. |
| Prórrogas y variaciones del plazo de contratos: | No se han realizado. |
| Relación de contratos menores: | No se han realizado. |
COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES, ARQUITECTOS TECNICOS E INGENIEROS DE EDIFICACION DE FUERTEVENTURA no ha suscrito ningún CONTRATO con Administraciones Públicas durante el año 2023.
De conformidad con lo previsto en el artículo 3 apartado 5 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES, ARQUITECTOS TECNICOS E INGENIEROS DE EDIFICACION DE FUERTEVENTURA no es poder adjudicador, y por tanto, no ha adjudicado contratos sujetos a la LCSP.
| Denominación y objeto: | No se han realizado. |
| Datos estadísticos: | No se han realizado. |
| Modificación de contratos: | No se han realizado. |
| Desistimientos y renuncias de contratos: | No se han realizado. |
| Prórrogas y variaciones del plazo de contratos: | No se han realizado. |
| Relación de contratos menores: | No se han realizado. |
COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES, ARQUITECTOS TECNICOS E INGENIEROS DE EDIFICACION DE FUERTEVENTURA no ha suscrito ningún CONTRATO con Administraciones Públicas durante el año 2022.
De conformidad con lo previsto en el artículo 3 apartado 5 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES, ARQUITECTOS TECNICOS E INGENIEROS DE EDIFICACION DE FUERTEVENTURA no es poder adjudicador, y por tanto, no ha adjudicado contratos sujetos a la LCSP.
| Denominación y objeto: | No se han realizado. |
| Datos estadísticos: | No se han realizado. |
| Modificación de contratos: | No se han realizado. |
| Desistimientos y renuncias de contratos: | No se han realizado. |
| Prórrogas y variaciones del plazo de contratos: | No se han realizado. |
| Relación de contratos menores: | No se han realizado. |
COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES, ARQUITECTOS TECNICOS E INGENIEROS DE EDIFICACION DE FUERTEVENTURA no ha suscrito ningún CONTRATO con Administraciones Públicas durante el año 2021.
De conformidad con lo previsto en el artículo 3 apartado 5 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES, ARQUITECTOS TECNICOS E INGENIEROS DE EDIFICACION DE FUERTEVENTURA no es poder adjudicador, y por tanto, no ha adjudicado contratos sujetos a la LCSP.
| Denominación y objeto: | No se han realizado. |
| Datos estadísticos: | No se han realizado. |
| Modificación de contratos: | No se han realizado. |
| Desistimientos y renuncias de contratos: | No se han realizado. |
| Prórrogas y variaciones del plazo de contratos: | No se han realizado. |
| Relación de contratos menores: | No se han realizado. |
COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES, ARQUITECTOS TECNICOS E INGENIEROS DE EDIFICACION DE FUERTEVENTURA ha suscrito los siguientes CONVENIOS con Administraciones Públicas durante el año 2025:
| Denominación y objeto: | Fecha de inicio: | Fecha de finalización: | Importe: |
| Acuerdo de Cooperación entre el Consejo General de Colegios Oficiales de la Arquitectura Técnica de España y el Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Fuerteventura para la ejecución de actuaciones del programa de formación en competencias digitales | 01/08/2025 | Actualidad | 400€ |
| Convenio entre el Excmo. Ayuntamiento de Puerto del Rosario y el Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Fuerteventura sobre colaboración para la contratación de servicios de Aparejadores/Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación | 07/06/2024 | Actualidad | – |
Modificación de CONVENIOS: No se han realizado.
COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES, ARQUITECTOS TECNICOS E INGENIEROS DE EDIFICACION DE FUERTEVENTURA ha suscrito el siguiente CONVENIO con Administraciones Públicas durante el año 2024:
| Denominación y objeto: | Fecha de inicio: | Fecha de finalización: |
| Convenio entre el Excmo. Ayuntamiento de Puerto del Rosario y el Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Fuerteventura sobre colaboración para la contratación de servicios de Aparejadores/Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación | 07/06/2024 | Actualidad |
Modificación de CONVENIOS: No se han realizado.
COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES, ARQUITECTOS TECNICOS E INGENIEROS DE EDIFICACION DE FUERTEVENTURA no ha suscrito ningún CONVENIO ni ENCOMIENDAS DE GESTIÓN con Administraciones Públicas durante el año 2023.
| Denominación y objeto: | No se han realizado. |
| Modificación de convenios: | No se han realizado. |
COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES, ARQUITECTOS TECNICOS E INGENIEROS DE EDIFICACION DE FUERTEVENTURA no ha suscrito ningún CONVENIO ni ENCOMIENDAS DE GESTIÓN con Administraciones Públicas durante el año 2022.
| Denominación y objeto: | No se han realizado. |
| Modificación de convenios: | No se han realizado. |
COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES, ARQUITECTOS TECNICOS E INGENIEROS DE EDIFICACION DE FUERTEVENTURA no ha suscrito ningún CONVENIO ni ENCOMIENDAS DE GESTIÓN con Administraciones Públicas durante el año 2021.
| Denominación y objeto: | No se han realizado. |
| Modificación de convenios: | No se han realizado. |
El COAATIEF ha recibido las siguiente ayudas durante el año 2024.
| Importe | Periodo ejecución | Organismo que la concede | Concepto o finalidad |
| 3.325,56€ | Año 2023 | INSTITUTO CANARIO DE LA VIVIENDA Y CONSEJO CANARIO DE LA ARQUITECTURA TÉCNICA DE ESPAÑA | Creación de las OTR (Oficinas Técnicas de Rehabilitación) en los Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Canarias |
El COAATIEF no ha recibido ni ayudas ni subvenciones públicas durante el año 2023.
FORMULARIO DE CONTACTO:
Puede realizar cualquier sugerencia, consulta o petición de información a través del siguiente FORMULARIO DE CONTACTO (recuerde que si la respuesta no es de su agrado, puede dirigirse al Comisionado de Transparencia del Gobierno de Canarias.):
Última actualización: 30 de mayo de 2.026
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